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ASESINOS en libertad???…
¿Ustedes saben que si no aparece el cuerpo de Marta los asesinos confesores del crimen podrían quedar en libertad y no cumplir ninguna pena?... Esta es la realidad que a todos nos deja perplejos. Pero nuestro Código Penal es muy claro en esto, hay pocos Penalistas que defienden la posibilidad de que sin cuerpo haya Homicidio o Asesinato, -uno de los pocos defensores de que sin cuerpo si puede si las pruebas lo demuestran haber delito, es Enrique Gimbernat, Jurista Español de gran prestigio...- Pero la mayoría apoyan que aun habiendo pruebas con la ley en la mano EL PRESUNTO ASESINO Miguel y sus cómplices, si no aparece el cuerpo DE MARTA DEL CASTILLO PODRIA QUEDAR EN LIBERTAD, de poco sirve si han reconocido que la ha matado y ahora tienen la desfachatez, aconsejados por sus abogados de retractarse... y SI LA HAN QUEMADO Y TIRADO AL RIO???, JAMAS LA ENCONTRARIAN Y ENTONCES NO HABRIA DELITO???...
Resulta lamentable que a estas alturas del caso no se puede afirmar con rotundidad las causas reales de la muerte de MARTA DEL CASTILLO. Los presuntos asesinos "continúan jugando", que si la dieron un solo golpe con un cenicero que no aparece, que si la trasladaron en un coche, que si la trasladaron en una moto, que si nunca llego a casa, que si ahora no hemos hecho nada, que cuando dije que la maté los policías me torturaban, que si....
Tal y como está nuestro Código Penal, LA DURA REALIDAD ES QUE ES DETERMINANTE QUE APAREZCA EL CUERPO de Marta del Castillo
, hay más de 200 efectivos buscándola, se han mandado traer perros especiales que están adiestrados especialmente para buscar en el agua.
Como casi Jurista que soy, os reconozco que desde un punto de vista Técnico-Jurídico este caso resulta apasionante Y demuestra claramente la "torpeza" de nuestro Código Penal, me explico, resulta de suma importancia que aparezca el cuerpo para poder determinar la causa de la muerte, y así poderles juzgar por lo que han hecho, dado que según los artículos de nuestro Código Penal: artículo 138. El que matare a otro será castigado, como reo de homicidio, con la pena de prisión de diez a quince años. Mientras que el artículo 139. Será castigado con la pena de prisión de quince a veinte años, como reo de asesinato, el que matare a otro concurriendo alguna de las circunstancias siguientes:
1. Con alevosía.
2. Por precio, recompensa o promesa.
3. Con ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el dolor del ofendido.
artículo 140.Cuando en un asesinato concurran más de una de las circunstancias previstas en el artículo anterior, se impondrá la pena de prisión de veinte a veinticinco años.
Es decir que si se la dio un solo golpe con el cenicero tan sólo se les acusaría de HOMICIDIO y eso supone de 10 a 15 años mientras que si ha habido ensañamiento seria ASESINATO y la pena seria de 20 a 25 años.
Así que figúrense ustedes la impotencia de la policía, aun habiendo recabado pruebas que inculpan claramente a los detenidos, tenerles que dejar en libertad por no tener el cuerpo de la joven y encantadora Marta del Castillo.
Desde este blog que lee cada día más gente, ruego que se endurezca el Código Penal y apoyo la iniciativa de aquellos que gritan y piden
LA CADENA PERPETUA PARA LOS ASESINOS.
Mi consejo: También hago otra petición a los que están informando, INFORMENSE PRIMERO por favor!!!!... El otro día mi querida y admirada Ana Rosa Quintana cometió un error de libro, cuando el Sr. Abad la informa en directo de que el Fiscal pide para el presunto Autor Material Miguel, Homicidio y Detención Ilegal, mi querida Ana Rosa no sabía que significaba Detención Ilegal (no se trataba de que le hubieran detenido ilegalmente a Miguel), a lo que se refería con su petición el Fiscal era a la detención Ilegal que Miguel hizo con Marta y por eso apoya la acusación....